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Gasto y Contenido alemanos

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Los nuevos fondos de financiación se presentan en forma de subvención pública que cubre entre el 16-20% de los costes de producción gastados en Alemania (Gasto alemán). El dinero será concedido y hecho efectivo automáticamente si se cumplen los criterios de financiación y sin la intervención de ningún comité asignado. Al tratarse de una especie de subvención perdida más que de un préstamo reembolsable asociado al éxito de la película, los fondos tampoco tendrán que asegurarse ni volverse a pagar y se los quedará el productor al igual que la financiación "referencia" de la FFA. Las ayudas se pueden acumular a otro tipo de financiación, aunque están también sujetas aquí a las normas europeas en cuanto al límite máximo de financiación acumulada del 50% o del 80% para películas pequeñas o difíciles. Además, hay un límite de financiación por película, aunque es poco probable que las producciones cinematográficas alemanas la alcancen por término medio.

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Las solicitudes serán presentadas por productores que tengan la sede de su compañía o la sucursal en Alemania y que hayan producido un largometraje para exhibir en salas, solos o como coproductores mayoritarios de una película de "referencia" en Alemania o en otro estado miembro de la UE, en los cinco años anteriores a la solicitud. La contribución del productor(a) alemán solicitante deberá ser de al menos del 25% de los costes de producción y, además, las normas de los tratados bilaterales con otros países junto con las del Convenio Europeo de Coproducción continúan prevaleciendo. Sobre todo, dependiendo del género (largometraje, animación, documental), hay un catálogo de criterios con puntos que se refieren al “Contenido alemán“, que van más allá de la regulación de §§ 15ff. de la Ley de Financiación del Cine (FFG) y de los tratados. Una prueba cultural, parecida a la valoración por puntos del Convenio Europeo de Coproducción, requerirá un número mínimo de puntos para conceder la financiación. Las coproducciones que sean producidas según el Convenio Europeo de Coproducción se acogerán al sistema de puntos aplicado.

La financiación sólo será concedida a las películas que cuenten con una planificación de explotación en las salas. Por lo tanto, en el momento de la solicitud, deberá presentarse el contrato de distribución o de ventas en el que el lanzamiento de la película en las salas cumpla con el número mínimo de copias según el volumen de financiación. Además, la distribuidora debe haber estrenado un mínimo de tres largometrajes en el año anterior a la solicitud, proporcionando la FFA una lista de los distribuidores acordados.

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